El Gobierno del presidente Gustavo Petro presentará en la segunda parte de la legislatura del Congreso de la República, que comienza a mediados de marzo de 2023, un proyecto de ley con el que se busca una reforma laboral en el país.
Entre las propuestas se encuentra acabar con los contratos de prestación de servicios, como lo anunció el propio Jefe de Estado en el marco del ‘Foro Iberoamericano: retos de la formalizaron laboral’, en la que cuestionó este sistema por considerar que “explotan a los trabajadores”.
Es importante recordar que los trabajadores de una empresa o entidad se pueden vincular mediante un contrato de prestación de servicios, que no está regulado por la legislación laboral sino la civil, por lo que el contratante no asume ninguna obligación laboral.
En este caso, la persona se contrata para que preste un servicio a cambio de una remuneración que generalmente se denomina honorarios y que puede ser de carácter profesional, técnico o de cualquier otro que no requiera destreza alguna.
El objeto del contrato es prestar funciones como una asesoría, ejecutar una labor determinada, hacer una reparación o mantenimiento, etc., y para ello se elabora un contrato por escrito, aunque nada impide que se realice un acuerdo verbal, en el que se define el servicio a prestar, las condiciones en que se debe prestar el servicio, y la remuneración que pagará al contratista.
El presidente Petro, propuso, en consecuencia, acabar con este tipo de contrato laboral, tras señalar que con eso no se afectaría la economía del país.
“En el mundo formal creemos que el contrato de prestación de servicios no laboral, que encubre una relación laboral de manera mentirosa, solo para sobre explotar al y a la trabajadora, debe pasar a la historia y que debemos volver a las relaciones laborales pactadas”, aseguró el mandatario.
El jefe de Estado aseguró que “¿Y qué eso va a acabar la economía?, ¿qué va a acabar la economía? Pues yo lo que veo es que las economías más desarrolladas tienen salarios más altos que nosotros. Allá podrá haber la discusión. ¿Tienen hoy salarios más altos que hace 15 años?”.
Formalización laboral
Para el Gobierno nacional, con esta propuesta se busca, esencialmente, la formalización laboral, es decir, que, el trabajador pueda recibir beneficios como primas, cesantías y vacaciones, entre otros.
En los contratos de prestación de servicios, el trabajador asume el pago de salud, pensión y ARL, (Administradora de Riesgos Laborales). En este caso, no recibe ninguno de los beneficios determinados por el contrato formal.
Para la ministra de Trabajo, Gloria Ramírez, en el proyecto de reforma que será presentada ante el legislativo, el Gobierno propondrá la eliminación de los contratos de prestación de servicios avanzar en una formalización laboral.
“Lo que nosotros estamos planteando a través de la reforma laboral es que vamos a estructurar una forma de contratación que efectivamente saque de nuestro escenario este proceso de tener unas contrataciones que seccione derechos de trabajadores y trabajadoras, vamos a hacer un proceso de transición para ir poco a poco avanzando hacia la formalización laboral”, indicó la funcionaria.
Incluso en septiembre, la funcionaria declaró a los medios de comunicación que “este país cambió, tenemos que cambiar el chip, Colombia no puede seguir como está. Y además tenemos sentencias de la corte que nos dicen que los contratos que no recogen ni siquiera el pago de la seguridad social al trabajador son perversos”.
Uno de los sectores que cuenta con un alto número de personas vinculadas por contrato de presentación de servicios es el propio Estado, ya que según el propio director del Departamento Administrativo de Función Pública en Colombia, César Manrique, son más de 910.000 actualmente.
El funcionario señaló que se espera que el próximo año, incluyendo con el trámite de la iniciativa, se espera que estas cifras se reduzcan sustancialmente, formalizando a quienes sean vinculados a las entidades del Estado.
¿Pago de vacaciones?
Entre tanto, en el Congreso cursa un proyecto de ley que establece un período de descanso remunerado legal para los contratistas de prestación de servicios, un beneficio del que no gozan actualmente.
“Cuando el contratista sostenga un vínculo de uno o varios contratos de prestación de servicios con una empresa privada durante el término de por lo menos 18 meses, consecutivos, sin que transcurran más de 90 días para la celebración entre ellos, la empresa deberá otorgar al contratista un permiso remunerado para descanso, equivalente a 15 días hábiles, cubiertos dentro del valor total del contrato de prestación de servicios”, indica la iniciativa.
El mismo permiso de 15 días hábiles se deberá otorgar “en los casos que una entidad estatal sostenga un vínculo de uno o varios contratos de prestación de servicios con la misma persona natural, durante el término de por lo menos 18 meses consecutivos, sin que transcurran más de 90 días para la celebración entre ellos”.
También se busca incentivar que, en los casos en los que su labor lo permitan, se privilegie el uso del teletrabajo para los contratistas por prestación de servicios.
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